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Noticias médicas

Son ocho los proyectos de ley que reclaman una muerte digna

19/08/11 

En distintos países se avala la eutanasia y en otro la muerte digna (en la que solo se limitan los esfuerzos terapéuticos cuando no son proporcionales a los beneficios aportados al paciente). Pero Argentina todavía carece de legislación.

Si bien existen proyectos presentados tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores, así como también en el ámbito de la Ciudad, los legisladores lamentaron que los tiempos se atrasen en un año electoral. Sin embargo, todos coinciden en que hay situaciones de Emergencia en el que el Estado debe otorgar una respuesta, por lo que esperan el tratamiento de sus propuestas en los próximos días.

La única propuesta en la Cámara alta es el del senador Samuel Cabanchick (Proyecto Buenos Aires Federal), que propone un testamento vital que genere derechos sobre la voluntad anticipada de un paciente de no someterse a determinados tratamientos. Pero si esa decisión no puede ser expresada por el afectado, sugiere que sean sus familiares directos quienes puedan hacerlo. En diálogo con DocSalud.com, el funcionario aclaró que “todos estos derechos deben estar en consenso con los médicos que deben dictaminar el estado de salud y eventualmente la imposibilidad de dar respuestas desde la medicina”. Por otra parte, el escrito también contempla, en palabras de Cabanchick, “la decisión de limitar el tratamiento a los aspectos paliativos”, es decir a la disminución del dolor, pero no la curación. Por último, busca “generar deberes para los médicos y los nosocomios a los que pertenezcan, ya que si un profesional de la salud tiene una objeción de conciencia para respetar los deseos del paciente, otro pueda hacerlo en su lugar”. El documento ya se encuentra en la comisión de Salud y la Legislación General, y espera ser tratado el 29 de agosto.

Por otra parte, en la Cámara baja existen tres proyectos que avalan la causa, aunque con diferencias. El primero es el del diputado Miguel Bonasso (Diálogo por Buenos Aires), que, si bien no contempla casos como el de Camila por ser una menor que nunca tuvo la posibilidad de expresarse, “tampoco se descarta agregar o modificar un artículo para abarcar estas situaciones”, según confirmaron fuentes allegadas al funcionario. En declaraciones a este medio indicaron que para Bonasso es una prioridad que se “agilicen los tiempos” en ya que existe “fuerte posición popular” a favor de la muerte digna. Y agregaron que su preocupación radica en que el proyecto debe pasar por distintas comisiones hasta llegar a concretarse, lo que atrasa los tiempos.

Otro es de Gerardo Milman (GEN), quien confirmó a DocSalud.com que su propuesta “contempla distintas situaciones, entre ellas aclarar por testamento vital la voluntad previa de no estar dispuesto a recibir determinados tratamientos; el de un paciente mayor de edad que quiera tomar la decisión en el momento y también casos como el de Camila, cuando las criaturas no pueden expresarse, por lo que la decisión se debe dejar a cargo de un tutor, que puede ser el padre o la madre”. El proyecto también dicta que “ningún profesional que intervenga de acuerdo a la presente ley está sujeto a responsabilidad civil, penal o administrativa”, lo que resguarda a los médicos.

La otra propuesta es la de Jorge Carlos Vega (Coalición Cívica), quien presentó su proyecto hace pocos días y que en declaraciones a la prensa explicó que se basa en conceptos tomados de la bioética así como también a la legislación internacional existente. Apunta a la creación de un Registro Público de Voluntades Anticipadas y a que las decisiones por escrito caduquen cada cinco años, con posibilidad de renovación.

En la Ciudad de Buenos Aires, existen cuatro proyectos, entre ellos el de Diana Maffía (Coalición Cívica), que, según confirmaron fuentes allegadas, “ya pasó a comisión de Salud”. Desde el bloque esperan a que se concrete en 2011, por los atrasos que hubo durante el año electoral. Esta propuesta no contempla el caso de Camila, ya que manifiesta que “toda persona mayor de edad y en pleno goce de sus facultades mentales” pueda manifestar anticipadamente su voluntad de ser sometida o no a determinado tratamiento médico ante un diagnóstico de enfermedad terminal o estado vegetativo persistente.

Otra propuesta es el del diputado Jorge Selser (Proyecto Sur), que lleva el título “Ley de Declaración de Voluntad Vital anticipada y Testamento biológico”, que espera ser presentada durante los primeros días de septiembre. Selser, quien preside la comisión de Salud, confirmó a este medio que el escrito “contempla a los menores de edad, pero la decisión debe ser tomada por los padres”. En sus palabras, la voluntad del paciente estará justificada cuando “el médico comprende que no puede resolver la patología” o cuando ciertos tratamientos como la hidratación o reanimación “sean extraordinarios o desproporcionados en relación a la expectativa que tiene el paciente de mejorar”.

La tercera es la de Gabriela Alegre (Encuentro Popular para la Victoria), que indica que la limitación del esfuerzo terapéutico – no implementar o retirar el soporte vital- sólo debe aplicarse cuando solo haya chances de prolongar la vida biológica, pero no de una recuperación con una calidad de vida mínima. Otros puntos son el derecho de una sedación paliativa y que la decisión sea de representantes legales en caso de niños y adolescentes. En diálogo con este medio, Alegre enfatizó en la idea de “no prolongar la agonía” y aclaró que cuando el afectado no esté en condiciones de decidir, se debe establecer cuáles son las personas que estarían en condiciones de tomar la determinación en su lugar. “En el caso de los niños son lo padres, pero también pretendemos que los chicos mayores de 12 años sean escuchados”, concluyó.

La última propuesta viene por parte de la diputada María José Lubertino, compañera de bloque de Allegre. El texto indica que la voluntad del paciente puede aplicarse “cuando no existan evidencias de haber obtenido la efectividad buscada o existen eventos que permitieren presumir que tampoco se obtendrá en el futuro; cuando sólo se trate de mantener y prolongar un cuadro de inconsciencia permanente e irreversible y cuando el sufrimiento, sea inevitable y desproporcionado al beneficio médico esperado”.