Noticias médicas
02/09/11
Explicó que los derechos fundamentales del paciente son: el derecho a acceder a la información respecto a su diagnóstico, tratamiento, alternativas terapéuticas, los objetivos que se persiguen, los tratamientos que se le indican, los riesgos y complicaciones que pueden tener esos tratamientos, y los riesgos que puede tener ese paciente, al no aceptar hacerse el tratamiento.
Al mismo tiempo, poder contar con una historia clínica que esté completa y que registre de manera cronológica y clara cada uno de los actos médicos que se van llevando a cabo en el transcurso de la atención.
El abogado indicó que estos son los “ dos derechos fundamentales de los pacientes y las dos obligaciones fundamentales de los médicos e instituciones de salud, pero al mismo tiempo el paciente tiene el deber y la obligación de colaborar con el tratamiento, no sólo informar en forma completa y adecuada sobre sus antecedentes de salud, sino que el paciente tiene la obligación de colaborar con la ejecución del tratamiento, cumpliendo las indicaciones médicas, con los controles médicos que se le indiquen en el transcurso de la atención, y eventualmente teniendo en cuenta las pautas de alarma que se le puedan brindar ante la presencia de una complicación o evento adverso".
La ley es nueva, entró en vigencia en febrero del año pasado, y aún no está reglamentada pero está vigente y regula fundamentalmente los derechos de los pacientes, el consentimiento informado, la historia clínica, como las tres cuestiones fundamentales de la actividad médico asistencial.
El abogado Rafael Acevedo brindó una conferencia ayer en Osde, acerca de la responsabilidad profesional médica y los alcances de la ley 26.529 de derechos del paciente, historia clínica y consentimiento informado, encuentro que fue abierto a toda la comunidad médica de la provincia.
Omisión de la Ley
El gerente de la Mutual de Salud aclaró que Ley omite regular derechos de los profesionales e instituciones de salud, “es una ley que solamente consagra derechos de los pacientes, pero omite regular los derechos de las instituciones de salud y de las obligaciones de los pacientes , como cumplir adecuadamente con el tratamiento y de informar al acerca de sus antecedentes de salud".
Esta omisión se puede salvar con una nueva ley, se omiten cuestiones que hasta puede ir en propio detrimento de los pacientes, hay algunos proyectos presentados para complementar el marco regulatorio en este aspecto pero por ahora es la ley que existen.
Remarcó la importancia de que el paciente cumpla con sus obligaciones, eso sería un beneficio porque produciría que la calidad médica mejore.
¿Quién informa al paciente?
Acevedo explicó que la obligación de informar es del médico, si no está lúcido el paciente, el familiar a cargo o a su representante legal acerca del diagnóstico, el tratamiento que le propone realidad, los objetivos que persigue con esos tratamientos, y eventualmente cuales son los riesgos y complicaciones que puede sufrir el paciente, y la información es específica para cada paciente en particular, más allá de dar a conocer en forma genérica de que el paciente tiene derecho a requerir información.
El deber de información se acredita con lo que se conoce el "consentimiento informado", se debe instrumentar por escrito la información brindada, si hay una omisión a esa obligación, las consecuencias son que se genera una presunción en contra del profesional, porque en definitiva la cuestión es sencilla, el paciente asume los riesgos del tratamiento y como puede evolucionar la enfermedad, qué efectos puede producir la acción de la propia enfermedad en la medida que haya sido adecuadamente informado de los aspectos que decía, con lo cual si hay una omisión de esa información se genera una presunción en contra del profesional.
Libro
En la oportunidad, el abogado Rafael Acevedo presentó el libro “El error médico, análisis de sus implicancias jurídicas, económicas y asistenciales”, un trabajo de su autoría editado recientemente.
Aclaró que no hay interés comercial en el libro sino informativo, se divulga en entrevistas y notas sobre los contenidos del libro, y sitio web www.lamutual.org.ar